

Lo que no te han contado de la reforma constitucional: ¿Qué supone limitar el déficit de un país en tiempos de crisis?
LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN Y EL TECHO DE LA DEUDA
“España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”. Sin embargo parece que nuestra Constitución la deciden ahora Merkel y Sarkozy de espaldas a la ciudadanía, y con formas anti-democráticas que contradicen a la propia Constitución.
Se ha publicado ya en distintos medios artículos sobre la modificación del artículo 135 de la Carta Magna, pero en casi todos ellos la discusión se está centrando en el tope del déficit del 0,4% y no en las consecuencias reales que se derivan de esa reforma.
Hay ciertos puntos sobre los que Democracia Real Ya! considera que debe centrarse el análisis del artículo 135 por su especial gravedad:
¿Qué supone limitar el déficit de un país en tiempos de crisis?
- 1: TECHO DE GASTO
El superávit o déficit presupuestario de un país es la diferencia entre los ingresos y gastos en un año. El importe del déficit/superávit mide lo que nos endeudamos o ahorramos colectivamente al final del año. Limitar el déficit limita la capacidad de financiación del Estado y con ello principalmente los gastos sociales, desde las pensiones, sanidad, educación,… hasta los transportes, cuerpo de bomberos, salario de funcionarios, etc…
El problema en España no es el déficit, sino la caída de ingresos, debido a la explosión de la burbuja inmobiliaria. El déficit que define la UE, no es el déficit real. Es decir, no incluye ciertos gastos como gastos, sino en otras partidas. El déficit real de países como Alemania es mucho más elevado que el de España, sin embargo se escuda en su definición contable que no incluye las enormes cantidades monetarias que ha gastado en rescatar a sus bancos.
Así pues se acusa a ciertos gastos, especialmente los sociales, de ser los causantes del incremento de la deuda simplemente porque aparecen contabilizados de esa manera. Pero en el caso de Alemania, Luxemburgo o Reino Unido, los causantes del incremento de la deuda son los gastos financieros destinados a “parchear” unos bancos que han jugado a la ruleta de la fortuna con los ahorros de sus ciudadanos.
Forzar el equilibrio de la balanza fiscal española para garantizar el pago de la deuda a Europa implica una pérdida total de soberanía económica. Los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones gozarán de prioridad absoluta, por encima de cualquier gasto social. Buena parte de la nueva deuda que emitamos se destinará a pagar la deuda ya existente, llevándonos a una espiral de deuda que jamás podremos terminar de pagar. Un gran negocio para nuestros acreedores, que principalmente son la banca francesa y alemana.
- 2: PRIORIDAD ABSOLUTA DE BANCA:
Con el nuevo artículo 135, cuando un municipio, diputación, comunidad o el estado central esté en una situación difícil, por tener muchas deudas y obligaciones de pago, además de ingresos, cada euro que entre en tesorería tendrá que ir destinado a pagar la deuda e intereses, no pudiendo pagar sueldos, pensiones, prestaciones,… ni ningún tipo de gasto hasta que no haya cubierto totalmente dicho importe.
En la liquidación de las empresas, cuando quiebran, lo primero que pagan son los salarios y después al resto de proveedores, porque se considera que los asalariados son la parte débil que no debe pagar los riesgos que supone un negocio, ya que no se beneficia cuando aumentan los beneficios. La gran diferencia es que en este caso se prioriza y beneficia a los bancos, que evidentemente no son la parte débil, pero sí son quienes realmente redactan nuestra leyes.
- 3: NO SE PODRÁ NEGOCIAR
Este punto es de vital importancia porque entra en vigor en pocos días y supone, además, que en el caso de un ataque especulativo o un cierre de mercados, ni pensionistas, ni trabajadores podrán cobrar.
En determinados momentos nos encontramos con que los intereses de la deuda pública se disparan; por ejemplo ahora Grecia tiene los intereses por encima del 10%. En estos casos, normalmente acaba con una suspensión de pagos y negociación con los bancos con quien tienen la deuda.
Lo normal es que en una suspensión de pagos, se suspendan los pagos de deuda pública, porque son los que han asumido un riesgo, precisamente porque obtienen muchos beneficios a través de la prima de riesgo, pero que se sigan pagando nóminas, prestaciones, servicios públicos y todo lo demás para que el estado siga funcionando.
La reforma constitucional lo que quiere implantar es que no se pueda hacer esto. Lo que se ha ordenado es la paralización inmediata del Estado en pro del pago a la banca, ya que estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación. Incluso en el caso de tener superávit, en un momento de falta de liquidez, no se permitiría pagar nada hasta no haber liquidado la deuda.
La conclusión final del análisis del artículo 135 es que su aplicación significa LA ABOLICIÓN DE LA CONSTITUCIÓN. Si el estado no puede pagar absolutamente nada, ni negociar, ni mantener los servicios públicos, ni el país en funcionamiento, TODOS los demás artículos de la constitución quedan en NADA.
Desde Democracia Real YA! reiteramos que no somos mercancía en manos de políticos y banqueros y por ese motivo seguimos oponiéndonos tajantemente a este tipo de medidas. La reforma constitucional propuesta por PP y PSOE al margen de la ciudadanía, sin convocar un referéndum vinculante, supone un golpe de estado encubierto que dejaría indefenso al país en manos de los poderes financieros internacionales y que tendría como consecuencia directa e inmediata el desmantelamiento de las garantías sociales, que son la base de nuestra actual Constitución.
fuente: DRY
NO A ESTA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN. NI UN PASO ATRÁS
SOBRE EL FONDO
El gobierno y el PP van a aprobar con inusitada urgencia una reforma de la Constitución al dictado de los mercados y de los gobiernos conservadores de las potencias europeas.
Pretenden, con la excusa de ordenar las finanzas, imponer el beneficio de unos pocos sobre la voluntad de la mayoría.
La ministra Salgado reconoce que se hace para tranquilizar a los mercados. Todavía no ha aprendido que los mercados son insaciables. En cualquier caso es un reconocimiento de sumisión a quien ha provocado esta crisis y pretende salir fortalecido de ella.
Alarmados ante la respuesta social a este atropello, ahora hablan de incluir alguna flexibilidad, esa flexibilidad la teníamos ya. Entonces, ¿para qué se hace?
Pues porque sacraliza un concepto, una ideología. Se demoniza la deuda pública, la inversión pública. ¿Es que la deuda privada no hay también que devolverla?
¿Por qué la deuda privada es conveniente para el progreso y sin embargo la deuda pública no? La inversión en enseñanza, salud pública, infraestructuras, en mejor justicia, entre otras, es más valiosa que ninguna otra, y los países que la hacen están a la cabeza del desarrollo.
En lugar de embridar a “los mercados” que especulan con la deuda pública en colaboración con las Agencias de Calificación, dan por supuesto que eso no se va a hacer, y optan por entregar la pieza entera.
Se niegan a reconocer lo que cada vez más expertos afirman y lo que la experiencia está demostrando, y es que las medidas de ajuste deprimen las economía y empeoran los déficits.
Esta medida no se toma en ciclo de crecimiento, sino en un momento en el que el déficit es necesario para relanzar la economía. Se toma por tanto para acelerar los procesos de ajuste que están significando:
-Pérdidas económicas para la población.
-Pérdidas de derechos que seguro no nos devolverán si la crisis pasa.
-Pérdidas de nuestro patrimonio público de empresas y servicios.
Esta medida se toma en un país cuyo principal problema no es la deuda pública, sino la deuda privada, fundamentalmente de los bancos.
Premios Nobel y catedráticos de Economía reiteran que centrar la política económica en la reducción del déficit estrangula las posibilidades de recuperación económica y, por lo tanto, de generación de empleo.
El déficit se genera si los ingresos caen. Y en nuestro país cada vez pagan menos las grandes fortunas y las grandes empresas. Sufrimos un fraude, una evasión fiscal y unas medidas fiscales contrarias a lo que dice nuestra Constitución.
El destino de esta reforma está muy claro si vemos el borrador del famoso cambio. Tiene un párrafo que dice: “Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos Y SU PAGO GOZARÁ DE PRIORIDAD ABSOLUTA.”
No se puede decir más claro, primero los bancos, luego, todo lo demás.
SOBRE LA FORMA
No es la primera medida que demuestra la sumisión a los poderes financieros y la falta de respeto de nuestros gobernantes por su propia dignidad democrática. Pero ésta ya no es una norma o decreto Ley, es nada menos que una reforma de la Constitución.
En agosto, y con la legislatura concluida, el momento en que se decide modificar la Constitución refleja un seguidismo a los más relevantes representantes de la derecha europea (Merkel/Sarkozy).
Si las cosas están mejorando, según dice el gobierno, ¿qué ha cambiado en pocas semanas, cuando el gobierno no aceptaba esta medida propuesta por Rajoy?
¿Dónde está la urgencia de una medida que se dice será operativa dentro de seis años? Más les valdría cumplir la Constitución y los derechos en ella consagrados.
Hay temas de reforma constitucional sobre los que hay enorme consenso social y siempre se dijo que existen grandes inconvenientes para modificar la Constitución.
No vale el ejemplo que nos ponen de otra modificación, que fue decidida en obligado cumplimiento de nuestros Tratados Internacionales (ej.: el derecho de voto de los ciudadanos comunitarios).
Estos gobernantes vienen tomando medidas que saben que cuentan con el mayoritario rechazo de la población y por eso los políticos son vistos como una lacra y como un problema. Esta decisión apresurada, sin debate ni participación ciudadana, ahondará ese desprestigio.
En el desgraciado caso de que no haya diputados suficientes para impedir esta chapuza democrática, exigimos poder ejercer la soberanía que nos garantiza nuestra propia Constitución y por tanto el derecho a votar NO a esta reforma tras un debate en el que se garanticen los medios similares de expresión de ambas alternativas.
NO A ESTA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN.
NI UN PASO ATRÁS
fuente: madrid.tomalaplaza.net
Los plazos de la reforma de la Constitución
– Miércoles 3o de agosto: primer pleno del Congreso para la votación de la toma en consideración de la iniciativa.
– Plazo de 48h para la presentación de enmiendas.
– Viernes 1 de septiembre: debate de las enmiendas en el Congreso y aprobación del texto definitivo.
– El texto aprobado se remite al Senado, donde debe ser aprobado antes del día 10.
– Plazo de 15 días para que, si lo consideran oportuno, un 10% de los miembros del Congreso (35 diputados) o el Senado (28 senadores), soliciten el referéndum (art. 167).
– Lunes 26 de septiembre: disolución de las Cortes.
La reforma ha sido tramitada por el procedimiento de urgencia para poder cumplir los plazos para su aprobación en esta legislatura.
Los proyectos de reforma constitucional deben ser aprobados por 3/5 de cada una de las cámaras, cifra que alcanzan sobradamente PSOE y PP: suman 321 escaños en el Congreso (169 PSOE y 152 PP) de los 350 existentes y 226 de los 264 que componen el Senado.